¿Te gusta salir al campo a recoger setas?
Lo primero que debes saber es:
- No necesitas autorización de la Consejería mientras que sea para autoconsumo y no superes:
- Almería y Granada: 5 kilogramos por persona y día.
- Jaén y Cádiz: 3 kilogramos por persona y día.
- Resto de provincias: No se han concretado, pero te aconsejamos entre 3-5 kilogramos por persona y día.
- Usar herramientas como rastrillos, escardillas, azadas u otros utensilios que remuevan el mantillo del suelo.
- Recolectar setas inmaduras y deberás respetar las no comestibles, las que no conozcas o estén en mal estado o pasadas.
- Recoger en horas sin luz, así que olvídate de linternas u otras fuentes de luz artificial.
- Utilizar medios de transporte que impidan airear y dispersar las esporas. Debes usar cestas o similar.
- Circular campo a través con tu vehículo.
Pero además tienes prohibido:
Por último, deberás tener en cuenta la normativa propia del titular del terreno donde quieras recolectar:
- Montes públicos de la Junta:
- Su recogida es gratuita.
- No necesitas autorización excepto que el Plan Anual de Aprovechamientos indique lo contrario.
- Puede que su acceso esté restringido por actividad cinegética (montería, batida o gancho) o trabajos relacionados con el mantenimiento y gestión del mismo.
- Montes públicos de los ayuntamientos:
- Debes acudir al ayuntamiento porque lo regula las disposiciones municipales.
- Terrenos particulares:
- Tienes que pedirles autorización a sus propietarios.
- Montes públicos con aprovechamientos o cotos micológicos:
- Tienes que consultar su normativa específica.
- Espacios Protegidos:
- Debes además consultar la normativa específica del parque.
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