¿Te gusta la pesca marítima? ¿Quieres practicarla en Andalucía?
Si es tu caso, no te pierdas este post donde hemos recopilado la información más relevante que debes conocer antes de lanzar tu caña al mar.
1. ¿Dónde puedo practicar la pesca marítima en Andalucía?
Podrás pescar a lo largo de toda la costa andaluza, salvo en:
- Las Zonas Marítimas Protegidas, que son:
- Las Reservas de Pesca.
- Las Zonas de Arrecifes Artificiales.
- Las que sean objeto de repoblación.
- Zonas del litoral prohibidas, reservadas o acotadas.
- Zonas de acuicultura.
- Cualquier otra zona prohibida expresamente.
2. ¿Qué especies puedo pescar?
En Andalucía, las tallas mínimas de las especies que puedes pescar varían según el caladero en el que estés:
Además de contemplar las tallas mínimas que se aplican en cada caladero, tienes que tener en cuenta:
- Que existen épocas de veda, como la de la corvina, desde el 1 abril al 30 de junio, en la reserva de pesca de la desembocadura del Guadalquivir.
- Que hay prohibiciones, como la de la pesca de la anguila en el Guadalquivir, o la prohibición de pesca del pulpo.
- Que no puedes pescar cefalópodos en aguas interiores, aunque la norma estatal lo permita.
- Que tienes prohibido capturar especies de la División IX a)* en el caladero del golfo de Cádiz. En caso de captura accidental de estas especies, serán devueltas inmediatamente al mar.
- Que debes tener autorización de la Delegación de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, para pescar en aguas interiores especies sometidas a medidas especiales de protección.
Consulta en la siguiente tabla las especies afectadas por las División IX a) y por las medidas de especial protección:
* Del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (ICES) sometidas a Total Admisible de Capturas (TAC)) y cuotas por parte de la Unión Europea o de organismos o de organismos multilaterales, establecidas en los Reglamentos (CEE) núm. 2340/2002, de 16 de diciembre, y núm. 2341/2002, de 20 de diciembre, y en las modificaciones sucesivas que puedan introducirse en los mismos, reservadas para la flota.
Si quieres conocer más aún, consulta los siguientes enlaces:
- Tabla de las talla mínimas reglamentarias.
- Información sobre tallas mínimas, vedas y especies protegidas.
3. ¿Qué modalidades de pesca existen?
Puedes escoger entre estas cuatro licencias:
- Clase 1(pesca desde tierra): te autoriza para la pesca marítima de recreo, a pie en la costa. Válida por tres años.
- Clase 2 (pesca desde embarcación): te autoriza para la pesca marítima de recreo desde embarcación. Válida por tres años.
- Clase 3 (colectiva desde embarcación): te autoriza para la pesca marítima de recreo desde embarcación con más personas sin que podáis superar el número máximo de su capacidad. Válida por un año.
- Clase 4 (pesca submarina a pulmón libre): te autoriza para la pesca marítima de recreo submarina, que se realiza a nado o buceando a pulmón libre, sin equipo para la respiración en inmersión. Válida por un año.
4. ¿Cómo puedo pescar?
- Puedes usar 2 cañas y seis anzuelos por licencia.
- Si utilizas señuelos artificiales, éstos te cuentan como un anzuelo.
- Sólo puedes pescar 5 Kg al día, descontando el peso de una de las piezas capturadas.
5. Y por último, ¿qué documentación debo llevar para pescar?
Cuando practiques la pesca marítima de recreo en aguas interiores de Andalucía, tienes que llevar:
- La licencia de la modalidad que vas a practicar.
- Documento oficial de identidad (DNI).
- En cuanto al seguro de responsabilidad civil:
- Si pescas desde orilla, a nivel regional no lo necesitas, aunque te recomendamos que consultes si la normativa local lo exige.
- Si pescas desde embarcación, su seguro tiene que estar vigente.
- La documentación que se te exija según las circunstancias.
- La autorización necesaria si vas a pescar especies sometidas a medidas especiales de protección.
¡Anímate a pescar en Andalucía! y consulta nuestro apartado de Licencias de Pesca Marítima.
Actualizado el 07 de junio de 2019.
20 Comentarios