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Memoria Anual de Caza

Memoria Anual de Caza


Antes del 15 de junio de cada año, las personas o entidades que sean titulares de cotos de caza, tienen la obligación de presentar la memoria anual de actividades cinegéticas de la temporada inmediatamente anterior, para que de esta forma, las autoridades puedan controlar la gestión correcta de los datos incluidos en los planes técnicos de caza.

 Hay que destacar que el Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, ha supuesto un cambio en la fecha límite para la entrega de la memoria de caza, ya que anteriormente se podía presentar hasta el 30 de junio.

 A continuación, enumeramos los datos que debe incluir la memoria anual de caza:

  •  a) Los resultados de todas las capturas en el período general, en la media veda, y en el control de daños.
  • b) Número de cacerías celebradas según sus modalidades.
  • c) Repoblaciones y sueltas efectuadas.
  • d) Incidencias destacables que hayan afectado a las poblaciones de fauna cinegética y silvestre.

Por otro lado, cabe destacar que es de suma importancia entregar la memoria anual de caza antes de su fecha límite, ya que no hacerlo puede suponer una sanción de hasta 600 euros por considerarse una infracción leve.

Además, el falseamiento de los datos que se recogen en dicha memoria cinegética, se considera una infracción grave, y puede conllevar una sanción de hasta 4.000 euros de multa.

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